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Liliana Aída Beatriz Urrutia.
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jueves, 23 de septiembre de 2010

Los medios de comunicación y la violencia de género

MASS MEDIA & VIOLENCE AGAINST WOMEN*

Liliana A.B. Urrutia

SUMARIO: I. Introducción. II. Distintas formas de violencia mediática contra las mujeres. Casuística. III. Conclusiones.

“…. Yo tengo un sueño que un día esta nación se elevará y vivirá el verdadero significado de su credo, creemos que estas verdades son evidentes: que todos los hombres son creados iguales …”
“… pequeños niños negros y pequeñas niñas negras serán capaces de unir sus manos con pequeños niños blancos y niñas blancas como hermanos y hermanas …”
Martin Luther King (“I have a dream”)

I. Introducción.
Todos los días vemos imágenes de la violencia masculina contra las mujeres en los noticieros, en los shows televisivos, en las películas, en las publicidades, y en nuestros hogares y lugares de trabajo. Este es un hecho cotidiano para mujeres de todas las edades, razas y clases.[1]
En nuestro país se ha dictado la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales Nº 26.485,[2] que ha introducido en su regulación la figura de la violencia mediática contra las mujeres.-
La violencia mediática es aquélla producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones o difusión de mensajes e imágenes estereotipados, que promueven la explotación de mujeres o sus imágenes, o injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres.-
Asimismo, se entiende que existe violencia mediática cuando los mensajes o imágenes tienden a legitimar la desigualdad de trato como así también a construir o mantener patrones socioculturales de desigualdad o generadores de violencia contra la mujer. Esta modalidad de violencia está vinculada directamente con la violencia simbólica contemplada en el art. 5º, ap. 5, de la ley.-
Es novedosa también la introducción que hace la ley sobre la violencia simbólica, entendida como aquella violencia que se ejerce a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos, que transmiten y reproducen dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.-
Recordemos que entre los objetivos perseguidos por la ley se encuentra la erradicación de aquellos estereotipos sociales y culturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder y dominación sobre las mujeres.-
El Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión[3] es el organismo nacional que tiene entre sus objetivos el seguimiento de este tipo de conductas, y frente a actos discriminatorios o reproductores de violencia contra la mujer sólo puede hacer recomendaciones al medio masivo de comunicación, pretendiendo con ello la remoción de la conducta lesiva. No obstante, no tiene facultades sancionatorias.-
Es interesante destacar que este tipo de violencia mediática puede dar lugar a las llamadas acciones de clase (class action),[4] toda vez que cualquier mujer puede sentirse agraviada y violentada frente a cualquier publicación o difusión que legitime la desigualdad o genere violencia de género, por el hecho mismo de pertenecer al colectivo, y por ello accionar contra el agresor no sólo para solicitar el cese de la conducta sino también para obtener la reparación de los daños que aquél hubiere ocasionado.-

II. Distintas formas de violencia mediática contra las mujeres. Casuística.
Presentaremos algunos casos sobre violencia mediática que provocaron un justo repudio social y la elaboración de recomendaciones por parte de organismos públicos.-
La violencia contra las mujeres en los medios de comunicación se puede generar o reproducir de distintas formas, a través del lenguaje escrito o audiovisual, por medio de la publicidad, de la prensa escrita o gráfica, de los shows televisivos, radiales, de internet, entre otros.-
a) Publicidad (advertising)
Esta es una de las formas en que la violencia mediática se “crea”, procurando conseguir los efectos de la publicidad, atraer al potencial consumidor para que adquiera el producto. En pro de obtener el cometido se ha acudido a las más variadas y llamativas “creaciones” publicitarias, procurando, en muchos casos, captar la atención del público con un sensacionalismo generador de violencia contra las mujeres.-
En el mes de julio pasado, el Defensor del Pueblo de la ciudad de Santa Fe solicitó la remoción de un anuncio publicitario que agraviaba a las mujeres,[5] invocando la ley nacional 26.485 de protección integral a las mujeres.
La publicidad cuestionada mostraba la imagen de una mujer de rodillas lamiendo de un plato donde alguien derrama miel.[6]
Para el ombudsman, el lenguaje verbal y visual son congruentes, teniendo a la mujer como eje, representándola como “santa y demonio, seductora, peligrosa, dadora de placer, está allí, basta tomarla, entrega y pecado”.[7]
En la referida publicidad gráfica, se destaca el lenguaje visual –la imagen de la mujer- como medio idóneo para producir la violencia de género. Se trataba de grandes avisos publicitarios colocados en la vía pública.-
Otro caso de violencia contra la mujer, que podemos mencionar es la publicidad de “Axe”[8], versión virtual, cuyo contenido proponía la violencia física como una modalidad de trato entre varones y mujeres. El producto se denominaba “Axe Instinct” y su eslogan era “cazadores por instinto”.-
La publicidad consistía en un juego virtual donde se mostraban imágenes estereotipadas de mujeres tales como “histericus al mangus”, “jovencitus atractivus”, o “viejitum tuneadus”; y, por su parte, los varones tenían nombres como “rapidus encaratorus”, maximus chamuyerus” y “facherum ganadorum”.-
b) TV Shows
Los shows televisivos suelen ser programas, que por su propio contenido, muchas veces cometen violencia mediática contra las mujeres.-
Entre ellos, el reciente concurso “Quiero ser la novia de Ricardo Fort”, impulsado por el programa “Showmatch”, consistente en la selección de una mujer que cumpla con ciertos requisitos para ser la novia del conocido empresario. El referido concurso fue repudiado por el Observatorio de Discriminación en Radio y Televisión por considerarlo discriminatorio por cuestiones de género.
En una recomendación elevada por el Observatorio a la productora Ideas del Sur, se destaca la posición de dominio por parte del varón hacia la mujer, situándola en un lugar de subordinación, inferioridad y dependencia, ya que para ser aceptada debe cumplir con ciertos requerimientos (ser bella y tener entre 18 y 40 años) que serán aprobados por quienes ejercen el poder, en este caso el Sr. Ricardo Fort y el Sr. Marcelo Tinelli.[9] Además, como “recompensa” o “premio” la ganadora del concurso se vería beneficiada con tarjetas de crédito, dinero en efectivo, un contrato para protagonizar “Fortuna 2” en Mar del Plata, entre otros.-
El Observatorio recordó un informe sobre el mencionado programa televisivo que había elaborado en el 2.008, aplicable al ciclo actual, donde es posible encontrar los trazos más gruesos del uso del estereotipo en el que se realza un tipo de belleza y un patrón de relación “dominante socialmente” ejercida desde el varón hacia la mujer. Y agregaba: “Si a la idea de preferencia de ciertas partes del cuerpo femenino (glúteos y pechos) se vincula la cosificación, la relación de dominio masculino sobre el femenino contribuye a mantener la inequidad y la jerarquía de género que predomina en nuestra sociedad.”
Concluye el organismo sosteniendo que este tipo de propuesta “laboral” podría ser interpretada como una apología del proxenetismo.-
c) Prensa (Press)
Podemos decir que tanto a través de la prensa escrita o visual en medios de soporte papel, o en versión virtual, puede producirse violencia de género, ya sea por una nota informativa, entrevista, tests, entre otros.-
En su momento, el Consejo Nacional de la Mujer (CNM) hizo una recomendación a la Editorial Perfil por la publicación en versión digital de la revista Hombre de un Test donde se detalla y ejemplifica cuáles son las excusas de la violencia ejercida sobre las mujeres (comida fría, mala cara, dificultades laborales …); los métodos (cachetazo de proxeneta, puño recubierto para no dejar marcas, puntapié en las costillas, improvisación …); los momentos (pasearla para humillarla en público, pegarle con el cinto pero sin hebilla, maltratarla menos que de costumbre …); y cómo una mujer explica las “marcas de amor” (se cayó por la escalera, pide permiso para contestar, son señales de amor temperamental …).[10]
El artículo de referencia titulado “Test Tyson, madura tu KO?” comienza con la frase: “Si ves alguna mina golpeada y pensás algo habrá hecho, esto es para vos …” y sigue con un test de siete preguntas, donde se pone de manifiesto un alto contenido de violencia de género, en un contexto de humor e ironía.-
Por último, quiero referirme a la nota de tapa[11] de la Revista Caras de Editorial Perfil, en la cual aparece la imagen de una mujer conocida públicamente, que expone una relación conflictiva con su pareja, y se muestra como una mujer golpeada en poses corporales y expresiones faciales de placer, fusionando las ideas de violencia y amor, maltrato y pasión, generando mayor confusión en aquellas mujeres víctimas de violencia doméstica, y en la sociedad toda.-
En la violencia conyugal cíclica donde el dominio está en primer término, la alternancia de fases de agresión y de calma momentánea o, incluso, de reconciliación crea un sistema de castigos-recompensas. Cada vez que el hombre violento ha llegado demasiado lejos y la mujer podría sentir tentaciones de marcharse, “se engancha” con un poco de amabilidad o atención. Suscitando confusión entre amor y sexualidad, el hombre busca una reconciliación entre las sábanas.[12]
Precisamente la producción fotográfica de la Revista Caras coadyuva a generar esa confusión en la cual puede estar inmersa una mujer víctima de violencia, o cualquier otra mujer, haya sido o no víctima de violencia, ya que siempre es una potencial víctima.-
Esta confusión –como ya lo expresáramos- se produce por la secuencia de fotos, que muestran a una mujer sensual que traduce en su rostro el supuesto placer de estar en ese lugar. Y ese lugar es el de la violencia.-
Además, una de las fotos se destaca por las manchas de sangre chorreando en sus brazos y muñecas, mostrando una mujer que pudo ser lastimada por su agresor, o peor aún, una mujer que ha intentando suicidarse.-
El homicidio y el suicidio son el último eslabón de una serie de violencias, si no se sale de ella a tiempo.-
Asimismo, se pueden advertir los estigmas que hay en sus manos, ya que toda la producción la muestra emulando “la pasión de Cristo”, con coronas de púas, y el corazón y las manos heridos.-
Ahora bien, dichos estigmas también quieren significar a la “persona condenada”, como si no le quedara otra opción que soportar lo que le tocó, es decir, ser víctima de violencia de género.-
Todos hemos sido, alguna vez, testigos de situaciones de violencia, ya sea en la pareja, en la familia, en la empresa o en la vida política y social. Sin embargo, parece como si nuestra sociedad no percibiera esa forma de violencia indirecta. Con el pretexto de la tolerancia nos volvemos indulgentes.[13]
En todos estos casos lo que podemos observar que en lugar de modificarse los estereotipos machistas y violentos contra las mujeres, procurando su eliminación, se afianzan y legitiman conductas violentas perpetradas desde los medios masivos de comunicación.-

III. Conclusiones.
En suma, podemos decir que los derechos constitucionales en juego son el de la libertad de expresión[14] y el derecho de toda mujer a vivir una vida libre de violencia[15] (“Freedom of the Press vs. Women Rights”).-
Nosotros consideramos que frente a derechos personalísimos como la vida, el honor, la intimidad, la dignidad humana, a vivir una vida libre de violencia, deben sopesarse los valores en juego y primar la protección del derecho más vulnerable en el caso concreto. Debe procurarse la armonización de los derechos constitucionales en juego.-
En consecuencia, si bien estamos a favor de la libertad de expresión esto no debe ser sinónimo de información irresponsable sin ética profesional ni responsabilidad social.-
Es por ello, que la libertad de expresión debe ir de la mano con el deber de una información responsable. A falta de ésta el medio masivo de comunicación debe responder por los daños que hubiere ocasionado.-
Por último, queremos destacar que este tema no sólo les incumbe y les interesa a las mujeres. Muy por el contrario, cuantos más hombres se comprometan en respetar y propugnar la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, más fácil será modificar los estereotipos socioculturales generadores y reproductores de violencia de género.- Es por ello, que el día 23 de septiembre de este año 2.010 doscientos treinta y un (231) hombres[16] marcharán hacia el Obelisco de Buenos Aires y en un acto simbólico firmarán un compromiso por la “no violencia contra las mujeres”. Doscientos treinta y un (231) hombres porque doscientos treinta y una mujeres (231) han fallecido en 2.009 por este flagelo. También se hará un minuto de silencio para recordar a las mujeres y niños víctimas de la violencia familiar.-
* Speech brindado en el marco del Programa Internacional de la Facultad de Derecho de la U.N.R. en su sede sita en Moreno Nº 642 de Rosario el día 22 de septiembre de 2010.

[1] “Every day we see images of male violence against women in the news, on TV shows, in the movies, in advertising, and in our homes and workplaces. It is a fact of life for women of all ages, races and classes.”
[2] Sancionada el 11/03/2.009 y promulgada el 1/04/2.009. Además son aplicables a esta problemática los Tratados Internacionales CEDAW (Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women) y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de de Belem do Pará).
[3] Conformado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Consejo Nacional de las Mujeres (CNM).
[4] MEROI, Andrea. La tutela de los derechos de incidencia colectiva, en “La Reforma del Régimen de Defensa del Consumidor por Ley 26.361. Ed. Abeledo Perrot, Bs. As., 2.008; LORENZETTI, Ricardo, Justicia Colectiva, Ed. Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2.010.
[5] http://www.lacapital.com.ar/contenidos/2010/07/30/noticia_0024.html
[6] El anuncio publicitaba un night club, bar y restó de la ciudad de Santa Fe llamado “De Puta Madre”.
[7] Citado por http://www.lacapital.com.ar/contenidos/2010/07/30/noticia_0024.html
[8] http://www.cnm.gov.ar/ “Contra la violencia mediática publicidad de Axe Instinct de empresa Unilever”, Bs.As., 13/04/09.
[9] Recomendación elaborada por el Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión, Bs.As, 12/07/10.
[10] El Consejo NacionaL de la Mujer elevó una recomendación al Director Ejecutivo de la Editorial con el fin de que no se vuelva a incurrir en este tipo de contenidos sexistas, discriminatorios y violentos y que además, en el mismo espacio y extensión, se publique esa recomendación, Bs.As., 19/05/08.
[11] “Victoria Vanucci: Tengo el corazón herido”, edición nº 1483 del 08/06/10.
[12] Hirigoyen, Marie France, Mujeres Maltratadas. Los mecanismos de la violencia en la pareja, Título original: Femmes sous emprise, Ed. Oh! Editions, París, 2.005. Trad. Gemma Andujar. Ed. Paidós, Bs. As., 2.006, pág. 85.
[13] Hirigoyen Marie-France, El acoso moral. El maltrato psicológico en la vida cotidiana, Título original: Le harcèlement moral. Ed. La Découverte et Syros, París, 1.998. Trad. Enric Folch González. Ed. Paidós, 1º ed. 13º reimp., Bs. As., 2.008, pág.11.
[14] Art. 14 de la Constitución de la Nación Argentina y 1st. Admendment U.S. Constitution.
[15] Art. 3 de la Convención Interamericana Belem do Pará (Ley 24.632) y art. 2, ap. b) de la ley 26.485.
[16] En los años 90, en Canadá se originó una campaña que fue difundida por el mundo, conocida como la “Campaña del lazo blanco”, la cual es llevada adelante por hombres comprometidos en no tolerar la violencia hacia la mujer.